ESTE ES UN ESPACIO PARA COMPARTIR REFLEXIONES, DATOS, IMAGENES SOBRE LA ETICA Y LA FORMACION CIUDADANA EN LAS INSTITUCIONES ESCOLARES... OFRECEREMOS ARTICULOS Y SITUACIONES PARA QUE PARTICIPEN ALUMNOS Y PROFESORES. TRABAJOS DE AÑOS 2010 - 2011 - 2012 y 2013 - Es una oportunidad para aprender y compartir el conocimiento
te gusta este blogs para el trabajo en el aula?
Seguidores
viernes, 20 de agosto de 2010
CARACTERISTICAS DE LAS DIFERENTES REFORMAS EN LA ARGENTINA , Santiago Catalan
1986: Se eliminaron las limitaciones de recaudacion impuestas sobre los derechos de exportación, que la reforma de 1860 había limitado hasta 1866.
1898: Se modificó el artículo 37, cambiando el sistema para determinar el número de diputados por provincia, reduciendo a un diputado por provincia por cada 33.000 habitantes por fracción que no baja de 16.500. Después de la realización de cada censo, el congreso seriá el encargado de fijar la representación, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado. Además se aumentó el números de ministros del Poder Ejecutivo de 5 a 8.
.
1949: Se agregó al Preámbulo la finalidad " Ratificando la irrebocable desición de constituir un a Nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana", se incluyeron los derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad y de la educación y la cultura; se determinó la función social de la propiedad privada, el capital y la actividad económica; se establecía loa elección directa del presidente y vicepresidente de la Nación y la posibilidad de su reelección; se ampliaron la garantías procesales de los imputados penales y se introdujeron otras modificaciones de menor inportancia.
1957: Se convocó elecciones para conformar una convensión Constituyente que declara la vigencia de la Constitución de 1853 en sus reformas, exepto la de 1949. En esa convensión se sancionó el artículo 14 BIS, referido a los derechos del trabajador y la seguridad social.
1994: Se incorparon la acción de amparo, el HABEAS CORPUS y el HABEAS DATA, se consagraron nuevas formas de participación ciudadana: INICIATIVA Y CONSULTA POPULAR ; se habilitó la reelección presidencial, reduciendo el mandato del presidente de 6 a 4 años y estableciendo un sistema de elección directa por doble puerta en reemplazo de la elección indirecta a través de los colegios electorales; se creó la figura del Jefe de Gabinete del Ministro.
http://www.youtube.com/watch?v=9-8vgvOgCf8 ( ESTE ES EL VIDEO )
1898: Se modificó el artículo 37, cambiando el sistema para determinar el número de diputados por provincia, reduciendo a un diputado por provincia por cada 33.000 habitantes por fracción que no baja de 16.500. Después de la realización de cada censo, el congreso seriá el encargado de fijar la representación, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado. Además se aumentó el números de ministros del Poder Ejecutivo de 5 a 8.
.
1949: Se agregó al Preámbulo la finalidad " Ratificando la irrebocable desición de constituir un a Nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana", se incluyeron los derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad y de la educación y la cultura; se determinó la función social de la propiedad privada, el capital y la actividad económica; se establecía loa elección directa del presidente y vicepresidente de la Nación y la posibilidad de su reelección; se ampliaron la garantías procesales de los imputados penales y se introdujeron otras modificaciones de menor inportancia.
1957: Se convocó elecciones para conformar una convensión Constituyente que declara la vigencia de la Constitución de 1853 en sus reformas, exepto la de 1949. En esa convensión se sancionó el artículo 14 BIS, referido a los derechos del trabajador y la seguridad social.
1994: Se incorparon la acción de amparo, el HABEAS CORPUS y el HABEAS DATA, se consagraron nuevas formas de participación ciudadana: INICIATIVA Y CONSULTA POPULAR ; se habilitó la reelección presidencial, reduciendo el mandato del presidente de 6 a 4 años y estableciendo un sistema de elección directa por doble puerta en reemplazo de la elección indirecta a través de los colegios electorales; se creó la figura del Jefe de Gabinete del Ministro.
http://www.youtube.com/watch?v=9-8vgvOgCf8 ( ESTE ES EL VIDEO )
TRABAJO PRACTICO REFORMAS CONSTITUCIONALES
AÑO:1866
CARACTERISTICAS DE LA REFORMA: Se elimina las limitacioones de recaudacion impuestas sobre los derechos de exportacion , que la reforma de 1866 habia limitado hasta 1866 , en consecuencia se modificaron los articulos 4 y 67 . Eliminando la limitacion temporal lijada para la recaudacion de los derechos de exportacion.
AÑO:1898:
CARACTERISTICAS DE LA REFORMA: El aumento de la poblacion _especialmente por la inmigracion _y la complejidad de los asuntos del Estado hizo que se propusiere una reforma paraq respondermas efixientemente a la administracion del Estado nacional. Se modifico el articulo 37 , cambiando el sistema para determinar el numero de diputados por provinvcia.
AÑO:1949
CARACTERISTICAS DE LA REFORMA: La consitucion de 1853_1860 tiene un marcado caracter liveral . En febrero de 1949 , el general Juan Domingo Peron asumio como presidente , inicio una fuertetransformacon de las estructuras de lanacion para lograr un nuevo orden social. El encaro la refoemade las constitucion que consideraba contraria a los principios de soliraridad social propugnados por el , conella intenta establecer un oreden mas justo. En otroas modificaciones que llevaron a catalogar la constitucion de 1949 como una nueva se agrego el preambulo la finalidad ratificando el irrevocable decicion de constituir una nacion socialmente justa , economicamente libre y politicamente soberana.
AÑO:1957
CARACTERISTICAS DE LA REFORMA: El presidente Pedro Eugeni Aramburu emitio en mayo de 1956 una proclama restableciendo la constitucion de 153 y sus reformas de 1860 , 1866 y 1898. Usando poderes constituyentes por primera vez en nuestra historia historia duarante un golpe de estado .
En la constitucion de 1949_ se convoco a elecciones para conformar una convencion constituyente que decalarada a la vigencia de la constitucion de 1853 con sus reformas , exepto la de 1949 . En esa convencion se sanciono el articulo 14 bis referido a los derechos del trabajo y la seguridad.
AÑO:1994
CARACTERISR¡TICAS DE LA REFOMA: Se incorporaron la accion de amparo , el Habeses Corpus y el Habes Data , se consagraron nuevas reformas de partcipacion ciudadana INACTIVA Y CONSULTA POPULAR , se habilito la reeleccion presidencial , reduciendo el mandato del preseidente de 6 a 4 años y establecinedo un sistemade eleccion directa por doble puerta reemplazante de la eleccion indirecta a travez de los colegios electorales , se areo la figura del jefe de Gabinetes del Ministerio.
CARACTERISTICAS DE LA REFORMA: Se elimina las limitacioones de recaudacion impuestas sobre los derechos de exportacion , que la reforma de 1866 habia limitado hasta 1866 , en consecuencia se modificaron los articulos 4 y 67 . Eliminando la limitacion temporal lijada para la recaudacion de los derechos de exportacion.
AÑO:1898:
CARACTERISTICAS DE LA REFORMA: El aumento de la poblacion _especialmente por la inmigracion _y la complejidad de los asuntos del Estado hizo que se propusiere una reforma paraq respondermas efixientemente a la administracion del Estado nacional. Se modifico el articulo 37 , cambiando el sistema para determinar el numero de diputados por provinvcia.
AÑO:1949
CARACTERISTICAS DE LA REFORMA: La consitucion de 1853_1860 tiene un marcado caracter liveral . En febrero de 1949 , el general Juan Domingo Peron asumio como presidente , inicio una fuertetransformacon de las estructuras de lanacion para lograr un nuevo orden social. El encaro la refoemade las constitucion que consideraba contraria a los principios de soliraridad social propugnados por el , conella intenta establecer un oreden mas justo. En otroas modificaciones que llevaron a catalogar la constitucion de 1949 como una nueva se agrego el preambulo la finalidad ratificando el irrevocable decicion de constituir una nacion socialmente justa , economicamente libre y politicamente soberana.
AÑO:1957
CARACTERISTICAS DE LA REFORMA: El presidente Pedro Eugeni Aramburu emitio en mayo de 1956 una proclama restableciendo la constitucion de 153 y sus reformas de 1860 , 1866 y 1898. Usando poderes constituyentes por primera vez en nuestra historia historia duarante un golpe de estado .
En la constitucion de 1949_ se convoco a elecciones para conformar una convencion constituyente que decalarada a la vigencia de la constitucion de 1853 con sus reformas , exepto la de 1949 . En esa convencion se sanciono el articulo 14 bis referido a los derechos del trabajo y la seguridad.
AÑO:1994
CARACTERISR¡TICAS DE LA REFOMA: Se incorporaron la accion de amparo , el Habeses Corpus y el Habes Data , se consagraron nuevas reformas de partcipacion ciudadana INACTIVA Y CONSULTA POPULAR , se habilito la reeleccion presidencial , reduciendo el mandato del preseidente de 6 a 4 años y establecinedo un sistemade eleccion directa por doble puerta reemplazante de la eleccion indirecta a travez de los colegios electorales , se areo la figura del jefe de Gabinetes del Ministerio.
Reforma de 1860
-Cuando la Provincia de Buenos Aires se incorporó a la Confederación, luego de firmar el Pacto de San José de Flores, se realizó una Convención provincial, la cual sugirió diversas reformas a la Constitución. Estas reformas variaban desde las cosméticas (eliminación de frases como "ejecuciones a lanza y cuchillo", y reemplazo de la palabra Confederación para poder llamarse Nacion) a otras más importantes (eliminación del requisito de aprobación por el Congreso para la entrada en vigencia de las constituciones provinciales). Ese mismo año, una Convención Reformadora en Santa Fe aprobó estas reformas sugeridas, dando paso así a la reunificación nacional. A su vez, limitó los derechos de exportación
Reforma de 1866
Entre las reformas introducidas en 1860 había algunas de carácter rentístico, como transición para la entrada de Buenos Aires a la Nación. Establecía como condición de la reforma que ella pudiera ser realizada “pasados diez años desde el día en que la juren los pueblos” conforme fuera propuesto por la provincia de Buenos Aires al tiempo de su incorporación a la Confederación y como resultado de las reformas por su legislatura aprobada. El sentido de ésta reforma es eliminar esta condición
Reforma de 1898
Hacia fines del s. XIX, se hizo evidente que el crecimiento de las actividades del gobierno desbordaba las instituciones previstas en la Constitución. Por eso, en 1898 se reunió una Convención en Buenos Aires que aprobó, entre otras menores, estas reformas:
Cambio de la base de elección de Diputados. La constitución de 1853 indicaba que se elegiría un diputado cada 20.000 habitantes. El crecimiento poblacional demostró la necesidad de un cambio. El artículo se reformó para que el Congreso pudiera elevar la base de elección de diputados para poder mantener su número en una cantidad razonable (de no haber sido así, de acuerdo con los datos del Censo de Argentina de 2001 la Cámara debería estar formada por 1813 miembros).
Aumento de los ministerios. La Constitución fijaba en cinco el número de ministerios y deslindaba sus ramos (Relaciones Exteriores, Interior, Justicia e Instrucción Pública, Hacienda, Guerra y Marina). Con la reforma, su número aumentó a ocho y su deslinde se dejó a la legislación.
Reforma de 1949
La necesidad de incorporar nuevos derechos sociales y las nuevas funciones del Estado fueron los argumentos básicos que motivaron esta reforma constitucional.
Fueron incorporadas numerosas cláusulas sociales, tales como los derechos de la ancianidad, los derechos del niño, derechos de la mujer, derecho laboral con fuerte protección de los trabajadores, el hábeas corpus. Reforzó también las facultades del Poder Ejecutivo. Esta reforma constitucional fue promovida por el gobierno de Juan Domingo Perón. La modificación posibilitaba que el presidente fuera reelecto indefinidamente y que los representantes fueran elegidos por voto directo.
Reforma de 1957
En 1957 el gobierno militar encabezado por los militares Aramburu y el Almirante Isaac F. Rojas de la llamada Revolución Libertadora convocó a elecciones de convencionales constituyentes para convalidar la derogación de las reformas de 1949 y realizar, eventualmente, nuevas reformas constitucionales. El gobierno militar prohibió la presentación de candidatos peronistas, pero sus simpatizantes respondieron votando masivamente en blanco y obteniendo la mayoría, hecho que afectó fuertemente la legitimidad de la Convención Constituyente. Por su parte la Unión Cívica Radical se fragmentó en dos partidos, UCRI y UCRP, el primero opuesto a la reforma y el segundo partidario de la misma.
La Asamblea Constituyente se limitó a convalidar la decisión del gobierno militar e inmediatamente después los convencionales comenzaron a retirarse sin tratar las reformas preparadas por las comisiones. Mientras los representantes se retiraban, una parte logró sancionar el artículo 14 bis, referido a algunos derechos del trabajo. Luego de ello ya no fue posible lograr una nueva sesión con quórum.
Reforma de 1972
En 1972 la Junta de Comandantes que gobernaba "de facto" el país durante la llamada Revolución Argentina dictó un Estatuto manifestando explícitamente que se hacía en "ejercicio del poder constituyente" que incluía una serie de considerandos y reformó quince artículos de la Constitución (texto de acuerdo a la reforma de 1957), al mismo tiempo que declaró inaplicables otros cuatro artículos.
Entre otras reformas constitucionales se estableció:
reducción del mandato del presidente, vicepresidente, diputados y senadores a cuatro años
reelección del presidente por una vez
reelección indefinida de diputados y senadores
elección directa de presidente, vicepresidente, diputados y senadores
la creación del cargo de tercer senador por la minoría
la simultaneidad de las elecciones para cargos nacionales
la reducción del quórum para sesionar
un mecanismo de aprobación automática de proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo si no es tratado en un plazo determinado
un mecanismo de aprobación de leyes directamente por las comisiones internas de las Cámaras
un organismo especial para realizar el juicio político a los jueces integrado por miembros del Poder Judicial, del Poder Legislativo y de los abogados
Las elecciones de 1973 y las autoridades democráticas surgidas de ellas se regularon por esta reforma. El Estatuto establecía que el mismo regiría hasta el 24 de mayo de 1981, fecha en que automáticamente quedó sin vigencia. Notoriamente, casi la totalidad de los cambios vigentes entonces fueron incorporados a la Constitución en la reforma de 1994
Reforma de 1994
Reforma constitucional que abarca 44 artículos, estableciendo entre otras normas: el reconocimiento de los derechos de protección ambientales, del consumidor, a la información, la acción constitucional de amparo simple y colectivo, los delitos contra la constitución y la democracia, la preeminencia de los tratados internacionales, el voto directo y la reelección presidencial por una vez y acortamiento del mandato de 6 a 4 años, la reglamentación de los decretos por razones de necesidad y urgencia, el tercer senador por la minoría, el Consejo de la Magistratura, la posibilidad de traslado de la Capital de la República, la autonomía a la Ciudad de Buenos Aires, etc. También estableció el sistema de ballotage, una segunda vuelta electoral en la elección presidencial en caso de que ningún candidato obtuviese más del 45% de los votos válidos emitidos o sacando un mínimo de 40% superase al segundo por más del 10%.
-Cuando la Provincia de Buenos Aires se incorporó a la Confederación, luego de firmar el Pacto de San José de Flores, se realizó una Convención provincial, la cual sugirió diversas reformas a la Constitución. Estas reformas variaban desde las cosméticas (eliminación de frases como "ejecuciones a lanza y cuchillo", y reemplazo de la palabra Confederación para poder llamarse Nacion) a otras más importantes (eliminación del requisito de aprobación por el Congreso para la entrada en vigencia de las constituciones provinciales). Ese mismo año, una Convención Reformadora en Santa Fe aprobó estas reformas sugeridas, dando paso así a la reunificación nacional. A su vez, limitó los derechos de exportación
Reforma de 1866
Entre las reformas introducidas en 1860 había algunas de carácter rentístico, como transición para la entrada de Buenos Aires a la Nación. Establecía como condición de la reforma que ella pudiera ser realizada “pasados diez años desde el día en que la juren los pueblos” conforme fuera propuesto por la provincia de Buenos Aires al tiempo de su incorporación a la Confederación y como resultado de las reformas por su legislatura aprobada. El sentido de ésta reforma es eliminar esta condición
Reforma de 1898
Hacia fines del s. XIX, se hizo evidente que el crecimiento de las actividades del gobierno desbordaba las instituciones previstas en la Constitución. Por eso, en 1898 se reunió una Convención en Buenos Aires que aprobó, entre otras menores, estas reformas:
Cambio de la base de elección de Diputados. La constitución de 1853 indicaba que se elegiría un diputado cada 20.000 habitantes. El crecimiento poblacional demostró la necesidad de un cambio. El artículo se reformó para que el Congreso pudiera elevar la base de elección de diputados para poder mantener su número en una cantidad razonable (de no haber sido así, de acuerdo con los datos del Censo de Argentina de 2001 la Cámara debería estar formada por 1813 miembros).
Aumento de los ministerios. La Constitución fijaba en cinco el número de ministerios y deslindaba sus ramos (Relaciones Exteriores, Interior, Justicia e Instrucción Pública, Hacienda, Guerra y Marina). Con la reforma, su número aumentó a ocho y su deslinde se dejó a la legislación.
Reforma de 1949
La necesidad de incorporar nuevos derechos sociales y las nuevas funciones del Estado fueron los argumentos básicos que motivaron esta reforma constitucional.
Fueron incorporadas numerosas cláusulas sociales, tales como los derechos de la ancianidad, los derechos del niño, derechos de la mujer, derecho laboral con fuerte protección de los trabajadores, el hábeas corpus. Reforzó también las facultades del Poder Ejecutivo. Esta reforma constitucional fue promovida por el gobierno de Juan Domingo Perón. La modificación posibilitaba que el presidente fuera reelecto indefinidamente y que los representantes fueran elegidos por voto directo.
Reforma de 1957
En 1957 el gobierno militar encabezado por los militares Aramburu y el Almirante Isaac F. Rojas de la llamada Revolución Libertadora convocó a elecciones de convencionales constituyentes para convalidar la derogación de las reformas de 1949 y realizar, eventualmente, nuevas reformas constitucionales. El gobierno militar prohibió la presentación de candidatos peronistas, pero sus simpatizantes respondieron votando masivamente en blanco y obteniendo la mayoría, hecho que afectó fuertemente la legitimidad de la Convención Constituyente. Por su parte la Unión Cívica Radical se fragmentó en dos partidos, UCRI y UCRP, el primero opuesto a la reforma y el segundo partidario de la misma.
La Asamblea Constituyente se limitó a convalidar la decisión del gobierno militar e inmediatamente después los convencionales comenzaron a retirarse sin tratar las reformas preparadas por las comisiones. Mientras los representantes se retiraban, una parte logró sancionar el artículo 14 bis, referido a algunos derechos del trabajo. Luego de ello ya no fue posible lograr una nueva sesión con quórum.
Reforma de 1972
En 1972 la Junta de Comandantes que gobernaba "de facto" el país durante la llamada Revolución Argentina dictó un Estatuto manifestando explícitamente que se hacía en "ejercicio del poder constituyente" que incluía una serie de considerandos y reformó quince artículos de la Constitución (texto de acuerdo a la reforma de 1957), al mismo tiempo que declaró inaplicables otros cuatro artículos.
Entre otras reformas constitucionales se estableció:
reducción del mandato del presidente, vicepresidente, diputados y senadores a cuatro años
reelección del presidente por una vez
reelección indefinida de diputados y senadores
elección directa de presidente, vicepresidente, diputados y senadores
la creación del cargo de tercer senador por la minoría
la simultaneidad de las elecciones para cargos nacionales
la reducción del quórum para sesionar
un mecanismo de aprobación automática de proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo si no es tratado en un plazo determinado
un mecanismo de aprobación de leyes directamente por las comisiones internas de las Cámaras
un organismo especial para realizar el juicio político a los jueces integrado por miembros del Poder Judicial, del Poder Legislativo y de los abogados
Las elecciones de 1973 y las autoridades democráticas surgidas de ellas se regularon por esta reforma. El Estatuto establecía que el mismo regiría hasta el 24 de mayo de 1981, fecha en que automáticamente quedó sin vigencia. Notoriamente, casi la totalidad de los cambios vigentes entonces fueron incorporados a la Constitución en la reforma de 1994
Reforma de 1994
Reforma constitucional que abarca 44 artículos, estableciendo entre otras normas: el reconocimiento de los derechos de protección ambientales, del consumidor, a la información, la acción constitucional de amparo simple y colectivo, los delitos contra la constitución y la democracia, la preeminencia de los tratados internacionales, el voto directo y la reelección presidencial por una vez y acortamiento del mandato de 6 a 4 años, la reglamentación de los decretos por razones de necesidad y urgencia, el tercer senador por la minoría, el Consejo de la Magistratura, la posibilidad de traslado de la Capital de la República, la autonomía a la Ciudad de Buenos Aires, etc. También estableció el sistema de ballotage, una segunda vuelta electoral en la elección presidencial en caso de que ningún candidato obtuviese más del 45% de los votos válidos emitidos o sacando un mínimo de 40% superase al segundo por más del 10%.
Reformas que se pueden hacer a la Constitución_Anabella Garcia, Paula Dinoto y Bernardo Lopez_ 9º año
La clasificación que tomaremos para reformar la constitución es doctrinaria; propuesta por varios estudiosos del Derecho, con base en su contenido que pueden ser:
Inovadoras: Pretenden introducir o suprimir a la constitución normas nuevas que no estaban reguladas antes para dar lugar a un tipo de institución verdaderamente original
Actualizadoras: Su objetivo es reforzar el carácter de una institución ya existente o bien suprimirle elementos que ya no tienen razón de ser por su propia evolución.
Explicativas: Su fin es explicitar el alcance de una norma constitucional que generalmente sea entendible por la sociedad.
Correctivas: Pretenden enmendar las deficientes expresiones de los artículos sin alterar su contenido.
Clasificación de las Constituciones: Constituciones Flexibles: Si las normas constitucionales pueden ser modificadas por el legislativo ordinario de la misma manera que las demás leyes estamos frente a una constitución flexible.
Es la que se puede reformar mediante una ley común de acuerdo al procedimiento ordinario de sanción de las leyes.
Constituciones Rígidas: Son las Constituciones en las cuales existen ciertas formalidades que no existen en las ordinarias para reformarla y afirman que esto le da más estabilidad y mayor fuerza legal a las Constituciones. Ejemplos: La Constitución política de la República de Guatemala de 1985, la Constitución de Estados Unidos del 17 de septiembre de 1787 y la francesa del 3 de septiembre de 1791.
Las normas constitucionales que están colocadas por encima o fuera del alcance del poder legislativo, a razón de que habiendo sido dictadas por una autoridad superior “Asamblea Nacional Constituyente” no puede cambiarse en consecuencia la constitución rígida es la que no se puede reformar mediante una ley común sin un procedimiento especial distinto a las leyes.
Constituciones Mixtas: En esta constitución una parte de ella puede ser reformada por el legislativo y otra de sus partes ofrece dificultad para su reforma, porque tiene que ser realizada por la Asamblea Nacional Constituyente.
Inovadoras: Pretenden introducir o suprimir a la constitución normas nuevas que no estaban reguladas antes para dar lugar a un tipo de institución verdaderamente original
Actualizadoras: Su objetivo es reforzar el carácter de una institución ya existente o bien suprimirle elementos que ya no tienen razón de ser por su propia evolución.
Explicativas: Su fin es explicitar el alcance de una norma constitucional que generalmente sea entendible por la sociedad.
Correctivas: Pretenden enmendar las deficientes expresiones de los artículos sin alterar su contenido.
Clasificación de las Constituciones: Constituciones Flexibles: Si las normas constitucionales pueden ser modificadas por el legislativo ordinario de la misma manera que las demás leyes estamos frente a una constitución flexible.
Es la que se puede reformar mediante una ley común de acuerdo al procedimiento ordinario de sanción de las leyes.
Constituciones Rígidas: Son las Constituciones en las cuales existen ciertas formalidades que no existen en las ordinarias para reformarla y afirman que esto le da más estabilidad y mayor fuerza legal a las Constituciones. Ejemplos: La Constitución política de la República de Guatemala de 1985, la Constitución de Estados Unidos del 17 de septiembre de 1787 y la francesa del 3 de septiembre de 1791.
Las normas constitucionales que están colocadas por encima o fuera del alcance del poder legislativo, a razón de que habiendo sido dictadas por una autoridad superior “Asamblea Nacional Constituyente” no puede cambiarse en consecuencia la constitución rígida es la que no se puede reformar mediante una ley común sin un procedimiento especial distinto a las leyes.
Constituciones Mixtas: En esta constitución una parte de ella puede ser reformada por el legislativo y otra de sus partes ofrece dificultad para su reforma, porque tiene que ser realizada por la Asamblea Nacional Constituyente.
http://www.youtube.com/watch?v=9-8vgvOgCf8
TRABAJO PRACTICO - Reformas Constitucionales
Leer pàgina 51 y 52 y relicen un cuadro de doble entrada con las reformas constitucionales con las siguientes caracterìsticas:
*Año de la reforma
*Caracterìsticas de la época
*Reformas realizadas
*Lean rupturas del oreden constitucional de la página 53... y expliquen en què consiste la revoluciòn y el golpe de estado... busquen en internet peguen el lingh para que yo los pueda ver; puede ser un video u imàgen con informaciòn sobre el tema.
*El trabajo debe estar colgado hasta las 10 y 30 horas y tendrán sus notas individualmente en el blogs....
*Año de la reforma
*Caracterìsticas de la época
*Reformas realizadas
*Lean rupturas del oreden constitucional de la página 53... y expliquen en què consiste la revoluciòn y el golpe de estado... busquen en internet peguen el lingh para que yo los pueda ver; puede ser un video u imàgen con informaciòn sobre el tema.
*El trabajo debe estar colgado hasta las 10 y 30 horas y tendrán sus notas individualmente en el blogs....
lunes, 9 de agosto de 2010
REFORMA CONSTITUCIONAL: Santiago Catalan 9 año
El 2009 concluyó con manifestaciones del gobernador Miguel Saiz quien afirmó que buscará instalar el debate sobre la reforma constitucional los primeros meses de 2010 para llamar a elecciones de convencionales constituyentes en el mes de marzo. Tiempo atrás la legislatura se había manifestado en contra.
(APP) El comienzo del 2010 desde el punto de vista político en la provincia va a estar signado por la firme intención del gobernador Miguel Saiz de instrumentar la reforma constitucional. Tal como señaló en el discurso pronunciado al cumplirse los seis años de mandato como en recientes declaraciones a la prensa, el mandatario pretende que en marzo se haga el llamado a elecciones de convencionales constituyentes. De hecho Saiz va a aprovechar la campaña electoral en Viedma vinculada a la reforma de la Carta Orgánica Municipal para decir que los argumentos que fundamentan esa actualización son idénticos a los que empujan la necesidad de la modificación de la carta magna provincial.
De hecho la agencia APP certificó que en alguna de las próximas ediciones de los diarios regionales se publicará una solicitada que ratificará este eje de acción política que impulsa el gobernador Miguel Saiz y el grupo Residencia, próximo a constituirse en línea interna partidaria. Se insistirá en la vocación reformista y que el tiempo más adecuado para instrumentar esta modificación de la carta magna es el año que comienza –“el 2010 es el momento de la reforma constitucional”, es la consigna-.que se dio
(APP) El comienzo del 2010 desde el punto de vista político en la provincia va a estar signado por la firme intención del gobernador Miguel Saiz de instrumentar la reforma constitucional. Tal como señaló en el discurso pronunciado al cumplirse los seis años de mandato como en recientes declaraciones a la prensa, el mandatario pretende que en marzo se haga el llamado a elecciones de convencionales constituyentes. De hecho Saiz va a aprovechar la campaña electoral en Viedma vinculada a la reforma de la Carta Orgánica Municipal para decir que los argumentos que fundamentan esa actualización son idénticos a los que empujan la necesidad de la modificación de la carta magna provincial.
De hecho la agencia APP certificó que en alguna de las próximas ediciones de los diarios regionales se publicará una solicitada que ratificará este eje de acción política que impulsa el gobernador Miguel Saiz y el grupo Residencia, próximo a constituirse en línea interna partidaria. Se insistirá en la vocación reformista y que el tiempo más adecuado para instrumentar esta modificación de la carta magna es el año que comienza –“el 2010 es el momento de la reforma constitucional”, es la consigna-.que se dio
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
